Source: Site Web Agence du Revenu du Canada
A partir de 2019 al realizar la Declaración de impuestos de 2018 para las personas que hubieran adquirido una vivienda por primera vez en Québec y que vivieran en la provincia, pudieron reclamar el “Crédit d’impôt pour l’achat d’une première habitation” también a nivel provincial.
Este crédito se asimila al crédito federal que existe hace muchos años.
Para beneficiarse de este crédito de impuestos, que es un crédito no-reembolsable, el contribuyente debe tener impuesto a pagar en su declaración del año de la compra del inmueble. Si no tiene impuesto a pagar, no se aprovecha el crédito y no es posible utilizarlo en un año ni anterior ni posterior. Para más información, consultar aquí el sitio Web de Revenu Québec.
Al igual que en el federal, hay unos requisitos de admisibilidad para poder reclamar este crédito:
El contribuyente o su cónyuge han hecho la adquisición de una vivienda admisible
Vivienda admisible
- Une habitation admissible doit être enregistrée à votre nom et/ou à celui de votre époux ou conjoint de fait conformément au régime d’enregistrement des titres fonciers et doit être située au Canada (et située au Québec pour réclamer le crédit provincial). Les habitations suivantes sont considérées comme admissibles :
- maisons unifamiliale;
- maisons semi détachées;
- maisons en rangée;
- habitations mobiles;
- habitations en copropriété (condominiums);
- appartements dans un duplex, un triplex, un quadruplex ou un immeuble.
El contribuyente no ha habitado, en el curso del año de adquisición o en los 4 años precedentes
otra vivienda habitación en la cual el o su cónyuge fueran propietarios.
Cumpliendo con los criterios de admisibilidad, se atribuye un monto de 10 000$ en la declaración provincial de Québec TP1 (línea 396), aplicando el 15% sobre este monto, lo que nos da una disminución efectiva de impuestos máxima de 1 500$ (ciertas condiciones aplican que pueden disminuir el valor de este crédito).
Si la vivienda fue adquirida por varias personas (ej. dos cónyuges) en ese caso se comparte el crédito en el porcentaje de participación de la compra.
Este crédito solo puede ser utilizado en el año fiscal de la compra del inmueble y no se puede ni reportar ni utilizar en la compra efectuada en años anteriores. Para más información acerca del crédito federal da click aquí.